Por Reynaldo Moya Espinosa
1953-1980
Ø
Dejan en
suspenso elecciones municipales
Ø
Iglesia de San
Francisco, Monumento Histórico
Ø
Piura Zona de
Reforma Agraria
Ø
Dionisio Romero
asume control del Banco de Crédito
Ø
Estatuto de
libertad de prensa
Ø
Se oficializa
título de Mariscala a Virgen de las Mercedes
Ø
Atentados contra
la libertad de prensa
Ø
Aceleran Reforma
Agraria en Piura
Ø
Nueva creación
de Escuela de Marina en Paita
La Junta Militar de Gobierno, que
estaba arrasando con todo el sistema administrativo y político del país, había
hasta entonces tolerado la existencia de los Concejos Municipales integrado por
personal elegido por votación popular tanto en las municipalidades provinciales
como distritales. El nuevo gobierno continuamente había atacado el sistema
electoral, llamándolo manifestación de una democracia formal.
De
acuerdo al Artículo 7° de
En
la parte considerativa del Decreto Ley 17609 se expresaba, que los concejos
habían sido elegidos con ingerencia de política partidaria, lo que no había
dado resultados para el buen servicio de la comunidad local y que el Gobierno
Revolucionario aseguraría que la representación fuera auténticamente vecinal.
También
se refería a que
En
Piura se encontraba de alcalde Orlando Balarezo Calle, de las filas de Acción
Popular y el 1° de enero de 1970 debía tenerse un nuevo alcalde.
Como
la convocatoria iba a ser en mayo según todos creyeron, ya se había iniciado
los ajetreos políticos y en todo el departamento se voceaban nombres de gran
número de postulantes a los cargos de alcaldes y regidores de los municipios
provinciales y distritales.
EL
Gobierno Militar, a la postre retornó al antiguo y antidemocrático sistema de
designar a dedo a los alcaldes y regidores por intermedio del Ministerio del Interior.que por entonces era el general Armando Artola del
Pozo.
En el año de 1969 se produjeron
profundas pugnas entre los trabajadores pesqueros y los empresarios de la pesquería,
y el 20 de marzo estalló un paro de 22,000 anchoveteros y de 1,300 trabajadores
de pesca para consumo humano, por razones salariales. En Paita el paro fue
total.

El
26 de octubre, estallaron nuevos paros en Pisco, Callao y Paita, que paralizaron
a 20,000 trabajadores. La verdad es que los trabajadores gozaban de buenos
salarios, pero conociendo que el negocio de la pesca era muy bueno, deseaban
incrementos.
El
16 de noviembre del mismo año, se crea el Ministerio de Pesquería y
El
1° de febrero de 1970, se nombró al general Javier Tantaleán Vanini como ministro de Pesquería y pronto se convirtió en
uno de los hombres más influyentes y
allegados a Velasco.
Tantaleán que fue el primer ministro de
Pesquería, postuló años mas tarde como candidato a la presidencia de la
república pero logró muy pocos votos. Murió en Lima el 5 de julio de 2002
Accediendo al pedido de amigos
piuranos, el presidente
Velasco hizo expedir el 27 de mayo
de 1969, el Decreto Ley 17613 declarando a
El
Decreto Ley, si bien es cierto se publicó en “El Peruano” que era requisito
para entrar en vigencia, no tuvo la difusión que correspondía y ni siquiera los
diarios piuranos se ocuparon del asunto, por cuyo motivo simplemente se ignoró.
Fue
ese desconocimiento lo que motivó que 11 años más tarde, el 23 de julio de 1980
cuando ya estaba por fenecer el gobierno del general Francisco Morales
Bermúdez, se expidió
La verdad histórica es que la proclamación de
la independencia no fue en la iglesia sino en el convento, que después pasó a
manos particulares. Por lo tanto debió expropiarse ese terreno que tenía
antecedentes históricos.
No
se sabe con precisión cuando fue construida, pero posiblemente eso ocurrió un
poco después de 1668, porque en ese año testó el licenciado Lorenzo Velásquez
dejando 8,000 pesos para la construcción del Convento de San Francisco.
En 1964 durante el mandato del
arquitecto Belaúnde se dio la primera ley de Reforma Agraria que se inició en
el Valle de

Los
diarios de Lima habían venido publicando artículos sobre la inminencia de la
promulgación de una Ley de Reforma Agraria, muy severa y dada la tendencia
protagónica del general Velasco y su afán de buscar ciertas fechas para hacer
anuncios importantes, se suponía que el 24 de junio, que por entonces se
celebraba el día del Indio, se anunciaría la promulgación de la nueva ley. Así
fue en efecto.
El
24 de junio de 1969, el presidente Velasco anunció la promulgación por radio y
televisión de
Velasco
empezó diciendo: “Este es un día histórico. Y bien vale que todos seamos
conscientes de su significado más profundo. Hoy día el Gobierno Revolucionario
ha promulgado
Luego
continuó: “Hoy Día del Indio, día del campesino, el Gobierno Revolucionario le
rinde el mejor de todos los tributos al entregar a la nación entera una ley que
pondrá fin para siempre a un injusto ordenamiento social que ha mantenido en la
pobreza y en la iniquidad a los que labran una tierra siempre ajena y siempre
negada a millones de campesinos. De hoy en adelante el campesino del Perú, no
será más el paria, ni el desheredado que vivió en la pobreza de la cuna a la
tumba y que miró impotente un porvenir igualmente sombrío para sus hijos”.
Luego
refiriéndose a los anteriores intentos de Reforma Agraria, manifestó: “Este fue
el señuelo con el cual se lograron adhesiones y votos. Pero nada realmente
profundo se hizo jamás para implantar una reforma que de verdad atacará la raíz
del problema y que de verdad diera a la tierra a quien la trabaja.
“La
ley establece medidas que aseguren la no fragmentación de la gran propiedad
como unidad de producción. Es el régimen de tendencia lo que la ley afecta.
Para el caso de las empresas agro-industriales, la ley contempla la
cooperativización a favor de sus servidores, pero garantiza el funcionamiento
de la nueva empresa como una sola unidad. En este sentido, la ley considera a
la tierra con todas sus instalaciones. Dentro de la nueva empresa la ley
garantiza la estabilidad de trabajo…. La inspiración social de la nueva ley es
pues, enteramente compatible con la necesidad de garantizar la continuidad de
los altos niveles de rendimiento que la tecnología agraria ha hecho posibles”.
Luego
dijo que el Gobierno Revolucionario trataba de estimular el proceso de
industrialización y a eso coadyuvaría
Al
finalizar dijo: “Al hombre de la tierra ahora le podemos decir en la voz
inmortal y libertaria de Túpac Amaru:
“Campesino, el patrón ya no comerá más de tu pobreza””.
A
partir de entonces, la figura de Túpac Amaru, presidió todas las
ceremonias campesinas y se convirtieron lemas de la nueva política agraria: “La
tierra para el que la trabaja” y “Campesino, el patrón ya no comerá más de tu
pobreza”.
Se
definía a
Para
los fines de
Para
los efectos de la ley, la palabra “agrícola” incluía la ganadería.
Las
tierras no cultivadas durante tres años consecutivos se consideraban abandonadas
y se incorporaban al dominio público.
Cuando
un predio era afectado, se limitaba el derecho a la propiedad rural en forma
individualizada, el excedente se expropiaba y se adjudicaba a los campesinos
debidamente calificados.
Se
consideraba que un predio no se usaba en armonía con el interés social en los
casos siguientes: a) abandono de la tierra, deficiente explotación o deterioro
de los recursos naturales, b) formas antisociales o feudatarias de explotación
de la tierra, c) condiciones injustas o contrarias a las leyes en las
relaciones de trabajo, d) concentración de la tierra en una misma persona, e)
minifundio.
Las
tierras ociosas o donde existieran sistemas antisociales de explotación se expropiarían
en su integridad. Se consideraban feudatarios a los colonos, yanaconas,
aparceros, arrendires, allegados, mejoreros,
precarios, huachileros y otros.
Son
inafectables, en las extensiones que fijaba la ley, los predios donde los
propietarios los trabajaban en forma personal y directa con sus familiares y
cuando el propietario dirige personalmente la empresa agrícola en forma
habitual.
Se
afectaría en su totalidad, los predios en condominio. Las sociedades anónimas y
las sociedades en comandita no podían ser propietarios de predios. Se les daba
un plazo de seis meses para convertirse en sociedades de personas. Una misma
persona natural, no podía integrar dos o más empresas.

Las
tierras se clasificaban: de cultivo bajo riego, de cultivo de secano, de pastos
naturales y forestales.
En
la región de la costa se consideraba inafectable, hasta un área de
En
el Artículo 30° se señalaba los límites de inafectabilidad para varias
provincias. Figuraban: Morropón, Ayabaca y Huancabamba hasta con
Si
los predios contenían plantas de procesamiento industrial, la afectación
comprendería el todo. El Estado asumía el pasivo por los beneficios sociales de
los trabajadores.
Eran
también inafectables las áreas destinadas a crecimiento urbano, las ubicadas en
zonas arqueológicas y los parques nacionales.
La
ejecución de
Ninguna
acción judicial podía detener un proceso de expropiación.
La
adjudicación de las tierras, ganados, cultivos, instalaciones y equipos se
podía hacer a sociedades agrícolas de interés social, cooperativas, comunidades
campesinas. Cuando la adjudicación se hacía a personas naturales, se utilizaban
las llamadas unidades agrícolas familiares. Esta era la unidad agrícola que
podía ser trabajada directamente por el campesino y su familia.
Las
parcelaciones no se podían hacer por áreas menores a las unidades agrícolas o
ganaderas familiares.
Se creaba
Para
financiar el pago de los productos expropiados se autorizó la emisión de Bonos
de
Los
bonos de la clase A, redimidos por anualidades, durante 20 años. Los bonos de
la clase B se redimirían en anualidades en el plazo de 25 años y los de la
clase C en 30 años. Es decir, que en el mejor de los casos hasta el año 2000.

Los
bonos serán nominativos e intransferibles durante el primer año.
El
Banco de Fomento Industrial, organizará y pondrá en funcionamiento empresas
industriales, destinadas al pago de
En
las Disposiciones Especiales, se establecía que se aplicarían severas penas a
los que instigasen invasiones de predios o usurpación de los mismos ya sean del
Estado, de corporaciones o de particulares.
Esta
última disposición no se cumplió en la práctica y antes bien, entes del Estado
promovieron las invasiones.
El
discurso de Velasco primero y la publicación después de
En
el departamento de Piura, cuya agricultura era la espina dorsal de la economía
tenía a la tierra agrícola, sobre todo la más valiosa ubicada en los valles de
los ríos Piura y Chira, en manos de unas cuantas familias, en su mayor parte
constituidas por herencias desde tiempo inmemorial. El terrateniente piurano
generalmente vivía en la ciudad de Piura, pero en sus haciendas tenía casas muy
cómodas. La tierra era muy pródiga y daba a manos llenas cuando había lluvias,
oportunidades en que los agricultores piuranos cambiaban de auto.
En
Piura hubo también conmoción, pero había la secreta esperanza que Velasco por
ser piurano, dejaría al departamento a lo último para declararlo Zona de
Reforma Agraria y actuaría con benignidad.
Al
día siguiente de la promulgación de
Todos los años, la ciudad de Piura
celebraba su semana jubilar en los primeros días del mes de octubre, en
recuerdo y homenaje al gran marino don Miguel Grau. En esta oportunidad y
contando con el acuerdo de
Velasco
llegó con una gran comitiva y el día 8, fecha del Combate de Angamos. Fue recibido por una gran cantidad de campesinos
flanqueados por chalanes a caball..En
El
general Velasco empezó diciendo: “Pueblo de Piura. A la sombra prócer del Héroe
de Angamos, saludo a mi pueblo, al pueblo cobrizo y
altivo de donde yo he surgido, a este pueblo que honra la sagrada memoria de
Miguel Grau, para quien
Ello
no obstante, mucho de mí se quedó para siempre bajo el cielo luminoso de Piura
y mucho de Piura se quedó en mí para vivir por sobre todas las ausencias.
Espero me sea perdonado el matiz personal de estos recuerdos, su tono
emocionado, su huella de nostalgia. Porque es acaso lo mejor que yo pueda traer
a mi tierra, como presente del hijo que ahora vuelve al cabo de los años,
sintiendo sobre sí la enorme responsabilidad que conlleva ser el representante
de la profunda revolución que vive nuestra Patria. Es por sentir así, que mi
primera salida y la primera de todas las visitas, tenía que ser aquí,
a la tierra que me vio nacer”.
La
forma emotiva con que fueron dichas estas palabras, con la voz ronca del
empedernido fumador que era y una tos que le interrumpía constantemente, ganó a
la multitud, que parecía un mar rugiente.
Luego
pasó a explicar por qué y para quién se hizo
Velasco
no se refirió en ningún momento a
El
9 de octubre, por la mañana, dio ante una abigarra multitud reunida en
En
Piura fue objeto de múltiples agasajos, a los que concurrieron los grandes
agricultores. Con todos departió amigablemente.
Luego
el día 9, que se cumplía el primer
aniversario de la toma de Talara o Día de
Luego
viajó a Chiclayo y a Trujillo, donde el 11 se realizaron mítines muy concurridos,
ante los cuales habló Velasco.
Tan pronto el presidente Velasco
llegó a Lima y en forma totalmente sorpresiva, el 15 de octubre de 1969 dio el
Decreto Supremo N° 201-69 AP declarando al
departamento de Piura, Primera Zona de Reforma Agraria.
Los
grandes agricultores piuranos con desagradable sorpresa se enteraron del
mencionado Decreto Supremo, por el diario “El Peruano”, que luego los diarios
piuranos publicaron a grandes titulares, con diversos comentarios.
Quedaron
comprendidas 3’306,711 hectáreas lo que suponía la afectación de todos los
latifundios existentes.

De
inmediato ingenieros del Ministerio de Agricultura, visitaron las haciendas para
establecer el estado socio-económico en que se encontraban los predios. En la
obra “Diagnóstico de
En
las inspecciones oculares, se procedió también al empadronamiento de los
trabajadores de los predios, pero como siempre ocurre en esos casos, no siempre
se cumplió con la ley y se presentaron muchos casos de campesinos que teniendo
perfecto derecho no fueron calificados, mientras resultaban beneficiadas
personas que no tenían actividades agrícolas como carpinteros, sastres,
mecánicos, etc. Tampoco faltaron los casos de muertos empadronados.
También
se hicieron estudios de soportabilidad de las
empresas agrarias a fin de determinar el número de campesinos que podían serles
afectados.
Tras
el proceso de Afectación, siguió el de
Recién
en el año 1971 principió a intervenir SINAMOS, el que se encargó de dar la
capacitación al campesino para cumplir con lo puntualizado por
Las
grandes haciendas, no fueron parceladas, sino convertidas en Cooperativas
Agrarias de Producción o CAP, o en Cooperativas Comunales de Producción (CCP).
No se crearon Sociedades Agrícolas de Interés Nacional (SAIS).
Algunos
hacendados trataron inútilmente de resistir, lo cual motivó a que
Cuando
empezó la etapa de las Expropiaciones, se cometieron muchos abusos y despojos
por parte de los funcionarios del gobierno, pues no se respetaron los límites
de inafectibilidad y las valorizaciones fueron
ínfimas. Se llegó a pagar por tractores que estaban en servicio, la cantidad de
un sol, porque así figuraba como valor contable en libros después de las
depreciaciones anuales.

Los
agricultores que toda su vida sólo se habían dedicado a la agricultura, en
predios que habían heredado de sus padres, se vieron de la noche a la mañana
prácticamente en la calle y sólo
poseedores de un puñado de bonos de
Carlos
Malpica, en la primera edición de “Los Dueños del Perú”, da una información
bastante pormenorizada de los propietarios de los grandes fundos y haciendas en
el departamento de Piura.

En
el primer lugar menciona a la familia Hilbck Seminario, como los principales
accionistas de
Los
Seminario Urrutia eran además propietarios de las haciendas San Martín,
Charanal, Quinta Julia y Carrizal en el Alto Piura.
Los
Seminario Reto, sucesores de don Miguel Seminario, eran propietarios de las
haciendas Ñómala, Santa Clara,
Dos
herederos de Pablo Seminario eran propietarios de Curumuy en el Medio Piura;
Augusto Seminario Rómoli tenía Curván y los herederos de Roberto Seminario
Rómoli eran propietarios de Piedra Rodada, con Domitila Gómez. 
Los
sucesores de don Miguel Checa, eran propietarios en el Chira de las haciendas
La
testamentaría de Juan Cuglievan, con residencia en Chiclayo, poseía en el Alto
Piura las haciendas
Bigote, Salitral, Serrán, El Ala y
Chanro.
Los
hermanos García Corrochano, con residencia en Lima, era poseedores de la
extensa hacienda Huápalas en el Medio Piura.
Los
hermanos Helguero, poseían Sol-Sol, Curumuy, Monte Viejo y El Pilar.
Don
Eduardo Schaefer poseía en el Medio Piura, las haciendas Miraflores, Sancor,
Angostura y Locuto.

Don
Fernando Reusche era propietario de Talandracas y San Rosendo en el valle del
Piura.
La
familia Larizbeascoa y Balmaceda eran propietarios de Egusquia y Esmeralda.
Los
herederos de don Fernando Bel eran poseedores de Mambré,
A
la familia Woodman pertenecía las haciendas Santa María, Santa Rosa, Casarana,
Los
hermanos García Wick tenían Chato, San Ernesto, San Miguel, Cucungará,
Los
herederos de Gaspar Augusto Yarlequé eran dueños de Los Tume,
Los
sucesores de Federico Bolognesi tenían Cerezal en el Piura y Buenaventura,
Pucusulá y Josefita en el Chira.
Don
Enrique Verdeguer López era poseedor de Miragarzón,
Los
hermanos Valdivieso Benítez, tenían Vichayal, Santa Isabel, Casaraná,
Rinconada Shaz, Dos Altos, Vílchez
y Santa Beatriz.
Don
Guillermo Hougthon era poseedor en el Chira a Montenegro, San Rolando, San
Miguel del Chira.
Los
herederos de don Jorge Eduardo Leigh eran propietarios de Somate en el Chira y
en el mismo valle, lo herederos de Domitila Gómez poseían Piedra Rodada y San Vicente.
Los
herederos de don Félix León tenían en el valle del Piura a Malingas. Los
herederos de María López de Rospigliosi, domiciliados en Lima, eran
propietarios de las haciendas Buenos Aires y
. Arrese e hijos eran los principales accionistas
de

Los
herederos de Abelardo Palacios poseían la hacienda Monte de los Padres.
Mercedes L. de León era propietaria de Malingas.
La
familia Zoeger Dall’Orso de
Chiclayo eran propietarios de Malinguitas en el Alto Piura y en el Chira tenían
Chocán, San Francisco, San Francisco, Santa Victoria, Huaiquirá y Huangalá. Las
dos primeras haciendas conducidas por Julio Gonzáles Prada fueron las primeras
invadidas. Los Wiese tenían la enorme hacienda San
Jacinto en el Bajo Chira.
La
familia Romero era propietaria en el Bajo Piura de Palo Parado, Santa Teresa,
Chocán de Cumbibira, Santa Ana, San Jacinto, San Miguel y
La
sociedad Vignolo e Irazola poseía Miraflores en el Medio Piura. Teodoro
Balarezo tenía Tacalá. La familia Espinoza Vassi, poseían Puyntalá. Cerca de
Catacaos.
Antes
de
Áreas Número predios Número
hectáreas
Número
total 12,484 100.0% 215,485 100.0%
De
más de
De
menos de
Es
decir, que 562 predios que representaban el 4.5% del total, cubrían una
extensión de
El
95.5% del total de predios, es decir 11,922, disponían de sólo el 28.6% de las
hectáreas totales. Ninguno sobrepasaba las
En
1968, el área cultivada en la región Piura y Tumbes fue de
Algodón
Maíz 12,900 10.0%
Arroz 11,515 8.9%
Plátano
8,650 6.5%
Otros 40,067 31.0%
----------
---------
129,612 100.0%
Gran
parte de la producción algodonera de las variedades de Pima y Supima fue
absorbida a partir de 1976 por
En
1974 la oficina de Reforma Agraria de Piura había adjudicado
Hasta
el mencionado año de 1974 en Piura se habían formado 45 cooperativas agrarias
de producción, conformadas por 8,529 familias, a las que otorgaron
Se
habían dado
Se
había declarado infectos 1,182 pequeños predios rurales con un total de
Semanas más tarde del golpe
revolucionario, es decir el 31 de diciembre de 1968, se dio el Decreto Ley
11330 que disponía que en lo sucesivo el capital accionario de las empresas bancarias
comerciales que se constituyan, deberían de pertenecer
a personas naturales o jurídicas peruanas. En el artículo 2° establecía que las
empresas bancarias ya existentes deberán tener un accionariado peruano no menor
del 75% y que se daba el plazo de un año, para adecuarse a esta nueva
situación.
Esto
que era una verdadera ley de nacionalización de la banca, se fundamentaba en la
orientación y sentido nacionalista de la política del Gobierno Revolucionario,
sustentado en la defensa de la soberanía nacional. También alegaba la necesidad
de garantizar los planes de desarrollo económico y social que estaba llevando a
cabo la revolución.
El
2 de diciembre de 1888 abría sus puertas en Lima el Banco Italiano, fundado por
el súbdito italiano Leopoldo Bracale, director del
periódico “
Mas arde se abría una sucursal del Banco
Italiano, en Piura cerca de la plaza de
armas y frente a
En
1941, el Perú estaba alineado con las naciones democráticas en la guerra contra
las potencias del Eje y por Ley 9187 se dispuso que en las entidades bancarias
no podía usarse idiomas extranjeros, ni hacer ninguna
referencia a países o ciudades de las naciones del Eje. El 21 de enero de 1942
se acordó cambiar el nombre del Banco Italiano y llamarlo Banco de Crédito del Perú.
El
banco siguió prosperando y se convirtió en la más importante institución de
crédito del Perú.
Hasta
1968, el banco estaba controlado por la banca comercial italiana a través de la
subsidiaria francesa Banque Sudameris. También tenían intereses el Dresdener Bank de Alemania,
En
visto de lo dispuesto por Velasco, el Banque Sudameris, tuvo que vender sus
acciones a capitalistas peruanos. Aprovecharon esa situación el empresario
pesquero Luis Banchero, así como las familias Brescia, Raffo y Nicolini. Formó
parte del grupo la familia Romero, liderada por Dionisio Romero Seminario,
conocido en su entorno íntimo como “El Zorro” por su astucia en el campo de los
negocios.
De
esa manera pudo Dionisio Romero lograr ser incluido en el directorio del banco.
Era sin duda el primer paso. La
noticia en Piura pasó desapercibida
y sólo se comentó en la columna de sociales del diario “El Tiempo”.
Sin
embargo, el banco seguía manejado por italianos que ocupaban todas las
direcciones y altos cargos. Entre 1969 y 1979, Dionisio Romero fue afianzando
su liderazgo entre los inversionistas y miembros del directorio peruano y así
llegó el 30 de marzo de 1979 en que contando con el apoyo decidido del
accionista Juan Francisco Raffo Novelli y el respaldo del ministro de Economía,
el piurano Javier Silva Ruete, sacan a los italianos
del directorio, de las gerencias y de los principales puestos administrativos,
y colocan accionistas peruanos, siendo elegido Romero para el cargo de
presidente del directorio y como vicepresidente, Raffo. A partir de entonces,
Dionisio Romero principió a ocupar un lugar muy destacado en el mundo de los
negocios en el Perú.
Eran
accionistas del Banco de Crédito los siguientes miembros de la familia Romero:
María Cármen Onrubia de Beeck, Dionisio Romero Seminario, Rufina Romero de
Helguero, Calixto Romero Seminario, Manuel Romero Seminario, Juan Antonio Onrubia
Romero, Teresa de Onrubia, Willy Beeck Navarro y Eduardo Onrubia Helder.
También
eran accionistas del Banco de Crédito, una serie de empresas en las que los
Romero tenían importante accionariado, como
Con ese pomposo nombre, el Gobierno
Revolucionario, promulgó el 30 de diciembre de 1969, como un presente de año nuevo,
el dispositivo que regulaba el ejercicio de la prensa escrita y hablada en todo
el país.
El
Decreto Ley 18075 se componía de 33 artículos, dos disposiciones transitorias y
una disposición final.
El
Capítulo 1 se refería a la libertad de prensa como un derecho, sin más límites
que el respeto a la ley, la verdad, la moral, las exigencias de seguridad
interior, la defensa nacional, así como la salvaguarda de la intimidad de la
persona y de la familia. Ninguna autoridad podía exigir consulta previa, ni
aplicar censura. Las influencias del Sector Pública Nacional, serían
proporcionadas por los organismos responsables.
En
el Capítulo 2 de las publicaciones, dispone que todo impreso calificado como
publicación deberá tener lugar y fecha de impresión,
nombres y apellidos del director, razón social de la empresa y la dirección de
sus oficinas y talleres. Las publicaciones que no contasen con esos requisitos
se considerarían como clandestinas.
En
el capítulo correspondiente a las empresas, se disponía que sólo los peruanos
de nacimiento podían constituir o participar en
empresas destinadas a editar periódicos. También se establecían requisitos de
residencia. Los capitales debían ser peruanos, y los derechos y acciones no se
podían transferir a extranjeros. En marzo y en setiembre debían publicar la
nómina de sus accionistas y del directorio, el capital y los créditos que
tuvieran.
La
profesión de periodista se normaba en el Capítulo 4. El director sería responsable
de todo artículo no firmado.
El
siguiente capítulo se refería a los derechos de aclaración y rectificación. Se
establecía que todo aquel que se considerase agraviado, tenía derecho a que se
insertase gratuitamente y de su integridad, la aclaración o rectificación, al
día siguiente de su recepción si es un diario o en el número siguiente si se
tratase de otra clase de publicación. Se haría en la misma página y columnaje y
con los mismos caracteres tipográficos con que se publicó la información. La omisión
de alguno de esos requisitos daría origen a que se considerase como no
publicada la aclaración. En caso de que el editor alegase impropiedad en el
lenguaje de la aclaración, el Juez de Primera Instancia resolvería dentro de 24
horas si es pertinente o no modificar la redacción de la aclaración. La
negativa del director a publicar una aclaración, facultaba a acudir al juez de
turno en lo penal, para que éste notificase al director para que en el plazo
perentorio de 24 horas presentase su alegato, y al día siguiente aún en caso de
rebeldía emitiría Resolución.
En
el Capítulo 5 se trata de las infracciones, los delitos y sanciones. Se
enumeraban seis fallas que se sancionaban con multas que iban de mil hasta cien
mil soles.
Se
enunciaban 10 delitos contra la libertad de prensa. Se consideraba delito, el
uso de testaferros por parte de extranjeros para adquirir acciones en editoras.
No cumplir con las órdenes judiciales de publicar las aclaraciones. Atribuir a
una persona hechos y conductas que pueden dañar su honor o el de sus allegados.
Publicar artículos o crónicas en los que empleen frases ofensivas contra el
honor o la reputación de personas naturales. Publicar documentos fraguados o
atribuir en forma inexacta hechos a una persona. La publicación de documentos
oficiales secretos o que perjudicaban la seguridad interior del Estado y

Los
delitos se sancionan con multa o cárcel o ambas. Los juicios serían sumarios.
En otro capítulo trataba de la radio y televisión.
A
primera vista, el Decreto parecía aceptable y en cierto punto hasta
conveniente, pero muy pronto se generó en todo el país una reacción contraria
en periódicos, radios y estaciones de televisión. Se afirmaba que el mentor de
la nueva ley era Augusto Zimmermann
Zavala, que antes había laborado en “El Comercio”.

El
1° de enero de 1970, gran cantidad de diarios peruanos entre los que se
contaban los de Piura, editorializaron contra la nueva Ley de Libertad de
Prensa. Luego se pronunciaron en su contra
El
doctor Luis Bramont Arias, Decano del Colegio de Abogados de Lima, presentó un
recurso de Habeas Corpus, que no fue admitido por el Tribunal. El doctor Héctor
Cornejo Chávez, Presidente del Partido Demócrata Cristiano, defendió por
televisión, en forma violenta y airada la ley. En el exterior, la ley fue
condenada por
Como
revancha y para congraciarse con los periodistas, el Gobierno promulgó el 6 de
enero de 1970
El primer nuevo director de “Expreso” pero en forma fugaz fue Hernando Aguirre Gamio. En su primera
edición, el diario expropiado puso en primera página y a grandes letras: “Expreso” en manos
de sus trabajadores.
Augusto
Zimmermann Zavala, Jefe de
El
Gobierno sabía que el Poder Judicial no podría actuar en su contra porque se
encontraba aterrorizado pues el 24 de diciembre de 1969 había destituido a
todos los miembros de
La congregación de los Mercedarios
cuando llegaron al Perú, en tiempos de
de las Mercedes y construyeron en
Paita un templo para su culto, que fue el primero que
La
devoción se hizo general en todo el país y se celebraba el 24 de setiembre. Fue
entre los miembros de las Fuerzas Armadas donde su devoción caló muy hondo.
Interpretando
el sentir general de los integrantes de las Fuerzas Armadas del Perú, el 24 de
setiembre de 1969 se promulgó el Decreto Ley 17822 que declara a
En
realidad el Decreto Ley 17822 sólo venía a confirmar otros dispositivos
anteriores que habían declarado a
El
21 de setiembre de 1921, la imagen de
En
1954, durante el Gobierno de Odría fue condecorada con
Cuando
en agosto de 1960 se celebró en Piura el IV Congreso Eucarístico Nacional,
congreso eucarístico.
Por
último, el Día de las Fuerzas Armadas, fue creado por Decreto Supremo 00377 del
10 de enero de 1977 por el presidente Morales Bermúdez.
El
5 de enero de 1985, cuando su Santidad Juan Pablo II visitó Piura,
El
24 de setiembre de 1986,
El
24 de octubre de 1988, el Concejo Provincial de Paita, presidido por el
alcalde, el doctor Milton Ramírez Herrera, le otorgó
El
24 de setiembre de 1995, el general FAP (r) Enrique Siles
Gariboto, presidente del Gobierno de
El Gobierno Revolucionario desde el
principio se mostró contrario a los municipios, organizado por el sistema de elección
democrática, lanzando ataques frecuentes contra los mismos y mostrando su
intención de intervenirlos. Prefirió sin embargo, esperar que los alcaldes y
regidores terminasen su período el 31 de diciembre de 1969. Fue por eso que el
29 de abril de 1969 dio el Decreto Ley 17608 dejando en suspenso las elecciones
municipales. Sería el Ministerio de Gobierno el que por Resolución Ministerial
nombraría a los nuevos alcaldes y regidores de los municipios provinciales y
los prefectos harían lo mismo con los alcaldes y regidores de los distritos.
Era ministro de Gobierno, el general Armando
Artola, el cual se había ganado fama de ser “el malo” del gabinete militar.
Artola, era famoso por el trato duro que daba, por su rudeza al hablar, por su
tomo cachaciento, y por las decisiones inesperadas y fuertes que adoptaba.
Cuando se anunciaba su visitas un lugar, las autoridades y dirigentes,
exclamaban ¡ ay mamita!
La
anterior ley electoral, disponía que las autoridades ediles elegidas
ocuparían los cargos por un período de 3 años. En el caso de los alcaldes y
regidores nombrados, no se especificaba el tiempo. En la práctica sucedió que
en un mismo año se cambiaban varios alcaldes cuanto las autoridades no estaban
satisfechas con su comportamiento o también los alcaldes solicitaban la
remoción de uno o más regidores en forma tal que éstos variaban constantemente.
Desde
el mes de noviembre de 1969, tanto el Ministerio de Gobierno, como los
prefectos se vieron asediados con pedidos y empezó el tráfico de influencias.
Generalmente el ministro, general Armando Artola Azcárate,
solicitaba la conformidad de los jefes militares de la región o departamento.
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Como
Alcalde de Piura fue nombrado don Antonio Leigh Rodríguez, por Sullana el ingeniero
Julio Gonzáles Prada Razzeto, en Talara el doctor Manuel Llanos Franco, en
Chulucanas Javier Helguero Checa, en Paita Carlos Guinochio F., en Castilla
Olga Guerrero, en Catacaos Humberto Requena Oliva y
en Tambogrande A. Riofrío.
Durante todo el año 1970, el
Gobierno Revolucionario o más propiamente Velasco prosiguió en forma acelerada dictando medidas
para terminar con lo que llamaba los grupos oligárquicos del país. Era una
especie de fiebre enfermiza que lo impulsó a aniquilar y perseguir a la gente
adinerada, a los empresarios de éxito que había hecho fortuna en la
agricultura, la industria, la pesquería y en las finanzas. También a los que
llamó sus servidores y a los servidores del capitalismo yanqui y de
Velasco
parecía ver enemigos por todas partes y los fue creando. Así por ejemplo,
cuando llegó a Piura fue recibido con mucha cordialidad por los agricultores,
aunque con un natural recelo que más tarde se vio justificado cuando declaró a
Piura, Zona de Reforma Agraria. Los agricultores piuranos, era
lógico que sintieran por Velasco un
natural rencor y lo acusaban de dejarse llevar por los traumas psicológicos que
le habían creado las privaciones que había pasado en su niñez. Velasco siempre
había hablado de los lujosos automóviles que cambiaban los hacendados todos los
años de buena cosecha, que pasaban raudos por las calles de Piura, mientras él
iba a pie a la escuela cubriendo grandes distancias. Ahora que tenía un poder
ilimitado, parecía que una especie de furor vengativo se había posesionado de
él.
El
16 de febrero de 1970 se promulgó el Decreto Ley 18139 o Ley del Periodista,
que tenía como finalidad enfrentar a los periodistas contra los propietarios y
contra las misma empresas. Dispuso la estabilidad
laboral y el pago por horas extras, por jornada nocturna y doble pago por
trabajo los días domingos y feriados, sin perjuicio de que se les determinara
otro día para hacer uso del descanso.
También
estableció el derecho de los periodistas a publicar o propalar en los órganos
de información escrita, radial o televisiva, artículos de opinión. Eso en la
práctica constituyó un gran abuso, pues en algunos periódicos como “Expreso” y
“Extra”, que era del ex-ministro Ulloa, el llamado Frente Único de
Trabajadores, que en forma solapada alentaba Efraín Ruiz Caro, uno de los altos
funcionarios de la empresa, publicaban artículos contra la misma.
El Gobierno Revolucionario estaba
dispuesto a no tolera ninguna clase de críticas y fue así como en marzo de 1969
fue deportado Enrique Zileri, Director de la revista
“Caretas”.
El
4 de marzo de 1970, cuando los periodistas del diario “Expreso” al amanecer
quisieron ingresar a las oficinas, fueron impedidos por policías que
custodiaban el local y les impidieron el acceso. La ocupación del periódico y
de “Extra” se había producido en la madrugada. Cuando se le preguntó al oficial
a qué obedecía esa noticia, se limitó a decir: “Lean “El Peruano””. En efecto,
en el diario oficial aparecía el Decreto Ley 18169 disponiendo la expropiación
de los dos diarios. La conducción de “Expreso” se encomendó a una Comisión
Especial que presidía Efraín Ruiz caro. A partir de entonces “Expreso” y
“Extra” fueron diarios al servicio del Gobierno Revolucionario. Los diarios de
Lima y Piura protestaron contra esa arbitrariedad, pero se trataba en realidad
del primer paso decisivo para terminar con la prensa libre.
El
31 de mayo, todo el Perú se vio profundamente consternado por la catástrofe de
Huaraz. Al principio las noticias era imprecisas y no
mostraban la magnitud del cataclismo, pero a medida que fueron pasando las
horas se conoció la magnitud de la tragedia. El sismo se sintió hasta en Piura.
El
5 de junio, nada menos que con una ley, el Decreto Ley 18309, se declaraba
traidor a
desde donde combatía con su verbo
acerado a la revolución.
Más tarde se haría lo mismo con Manuel de D’Ornellas. Se les declaran indignos de tener la
nacionalidad peruana y se prohibía su ingreso al territorio nacional. Ravines radicó en México, donde es atropellado por un
automóvil, resultando herido y muriendo dos días más tarde, el 25 de noviembre
de 1970. Años más tarde otra ley declararía nulos los infames decretos leyes.
A
D’Ornellas se le quitó la nacionalidad peruana en
octubre de 1971. Este periodista se encontraba en Buenos Aires exiliado desde
1970 cuando el diario en donde servía, “Expreso”, cuyo propietario era el
acciopopulista Manuel Ulloa fue capturado por el Gobierno. En la capital
argentina dirigía la revista “Semana Latinoamericana” donde atacaba duramente a
Velasco. D’Ornellas se había iniciado en “Expreso”
desde 1966 y en su columna “Voz y Voto” criticaba a Velasco. Había nacido en
1937 en España, de padre peruano y al poco tiempo vino al Perú con sus padres.
En 1976 es amnistiado por el presidente Morales Bermúdez y en 1980 retornó a
“Expreso” cuando el diario fue devuelto por el presidente Belaúnde a sus
dueños. D’Ornellas fue director del diario hasta 1999
cuando renunció y se retiró del periodismo.
Con el fin de acelerar el proceso de
Reforma Agraria en el departamento de Piura, se emitieron las Resoluciones
61/70 RA/TAS y 63/70 RA/TAS, de fecha 1° de julio de 1970 señalando a la ciudad
de Sullana como sede del Segundo Juzgado de Tierras en
La
otra resolución creaba el Primer Juzgado de Tierras en las Zona Agraria N° 1 con sede en la ciudad de Piura y comprendería las
provincias de Piura, Morropón y Huancabamba, así como los distritos de Frías y Pacaipampa. No se designaba titular.

Las
resoluciones fueron emitidas por el tribunal agrario que tenía su sede en Lima,
cuyo presidente era el abogado piurano Guillermo Figallo Adrianzén.
Los funcionarios de
Para mostrar el maltrato que los campesinos
agrupados en Cooperativas Agrarias de Producción o en SAIS, dieron a las antes florecientes haciendas, se
cuentan las impresiones de Pedro Samaniego, 30 años mas
tarde de
El doctor Figallo
con Benjamín Samanez Concha y Eduardo Morán, todos
del Partido Social Progresista, habían sido llamados por el general Leónidas
Rodríguez Figueroa para que le dieran asesoramiento técnico en la elaboración
de
Figallo
Adrianzén pertenecía a familias de Piura y Huancabamba y había gastado sus
primeros años en Ecuador.
En
agosto se promulga el Decreto Ley 18381 que crea
El
18 de agosto se da el Decreto Supremo 265-
El
25 de agosto de 1970 se dio el Decreto Supremo 267-70 AG, reglamentando la
utilización de los Bonos de
Los
Romero supieron aprovechar todos los dispositivos de carácter nacionalista que
daba el Gobierno Revolucionario y ampliaron enormemente su imperio industrial
adquiriendo la red de desmontadoras, fábricas de aceite, jabón, frigoríficos de
la casa inglesa Anderson Clayton, que no se sentía muy segura en el Perú. Esto
se materializó en 1971.Es decir que los Romero, con Dionisio al frente, dejaron de ser agricultores para convertirse
en grandes industriales.
Por los años de 1974, los piuranos antiguos
propietarios de grandes haciendas se encontraban en la mayor pobreza y para
subsistir tuvieron que abrir restaurantes o cebicherías
en Piura.
El 27 de julio de 1969 se promulgó
el Decreto Ley 18350 o Ley General de Industrias, que se componía de 34 artículos,
5 disposiciones transitorias y varios anexos. La ley declaraba de preferente
interés nacional el Desarrollo Industrial del Perú. Se establecía una escala de
tres industrias prioritarias y una cuarta no prioritaria. Se les agrupaba en
industrias del sector público, del sector privado y cooperativas.
Se
creaban incentivos de carácter tributario, crediticio,
administrativo-tecnológico y de descentralización.
Las
empresas que se constituyeron íntegramente con capital social extranjero debían
firmar un contrato con el Estado. Lo mismo las empresas mixtas en cuanto a
capital. Se disponía que el 10% de las utilidades anuales netas se tenían que
distribuir entre los trabajadores a tiempo completo.
Lo
más novedoso de

El
1° de setiembre de 1970 se promulgó el Decreto Ley 18384 o Ley de
Toda
empresa con más de seis trabajadores debía poseer Comunidad Industrial. Su
tiempo de duración sería el mismo de la empresa.
En
mayo de 1970 llegó al Perú, Edward Kardej, el segundo
hombre de
El
presidente Velasco fue fácilmente convencido de implantar la cogestión en el
Perú y en forma precipitada, al igual que lo hecho con
Era
ministro de Industria y Comercio, desde el 17 de octubre de 1969, el
contralmirante Jorge Dellepiani Ocampo a quien sus compañeros llamaban “El
Loco”. Antes de ser ministro era subdirector del CAEM y nunca antes había
tenido contacto alguno con Velasco. Se dice que en un banquete, que las Fuerzas
Armadas daban a Velasco, éste reparó en un marino de alta graduación que a
diferencia de los demás, era moreno. Cuando le informaron quien era, el
presidente dijo: “Éste será el ministro de Industrias”. Para Dellepiani fue una
gran sorpresa el saber que había sido designado para el alto cargo, porque
jamás lo imaginó.
Dellepiani,
con Kardej, Carlos Delgado Olivera y Virgilio Roel Pineda, elaboraron el
anteproyecto de ley.
El
28 de julio por la tarde, Velasco, al dar lectura del Mensaje a
Los
periódicos de Lima y de Piura dieron la noticia de la implantación de
El
diario “Expreso” bajo control del Gobierno, la revista pro gobiernista “Oiga”,
El
diario “El Comercio” y
El
ministro Dellepiani presionó a los empresarios para que de inmediato formasen
Desde
el principio, el ministro se mostró como un izquierdista radical, enemigo de
los empresarios. Se hizo notar mucho por sus exabruptos. Un día que dialogaba
con los empresarios de aguas gaseosas, con el fin de negarles todo derecho les
dijo: “¿Desde cuándo embotellar y endulzar agua es hacer industria?”.
En
Piura, la ley motivó encontrados sentimientos. Unos la encomiaban porque tenía
muchos incentivos para provincias, mientras que otros la objetaban por lo de
La merma en las exportaciones, trajo
consigo la disminución de dólares en el mercado de cambios y que éste se
ofreciera en bolsa negra por montos muy superiores al cambio oficial.
Por
otra parte, las diversas disposiciones legales que el Gobierno estaba dando y
la pregonada socialización de los medios de producción, causaron inquietud en
el elemento empresarial y muchos fueron los extranjeros que dejaron el país.
Los empresarios peruanos por precaución enviaban bajo forma de giros y diversas
órdenes de pago, gran cantidad de moneda nacional, que en el extranjero era
cambiada en dólares. Eso trajo dificultades en el mercado cambiario, por lo
cual el 3 de noviembre de 1970 se dio el Decreto Ley 18457 y
El
Decreto Ley 18457 en su Artículo 1° prohibía a las personas naturales y
jurídicas, remesar o llevar al exterior, bajo la forma de numerario, giro o
cualquier otra orden de pago, moneda nacional o extranjera, salvo autorización
expresa del Banco Central de Reserva, el que debería informar mensualmente al
Ministerio de Economía y Finanzas las autorizaciones dadas.
En
el Artículo 2° se establecía que la infracción a estas normas, constituía
delito sancionable y cuando se trataba de turistas que sacaban mayor cantidad
que la autorizada, el exceso era decomisado. Para las zonas de frontera había
un régimen especial. Con Resolución Suprema N° 548-70
EF se establecía el monto máximo de mil soles por persona, que se podía sacar o
ingresar sin autorización previa. Esto era aplicable sobre todo a las
provincias del departamento de Tumbes y a las de Sullana, Ayabaca y
Huancabamba, en nuestra región.
Estado el ex-presidente Fernando
Belaúnde desterrado en Argentina, se produjo en diciembre de 1970, el deceso de
su madre, la señora Lucila Terry de Belaúnde. El exiliado de inmediato tomó un
avión y llegó a Lima para el sepelio, pero casi de inmediato, el 24 de
diciembre, el general Velasco ordenó su redeportación.
Cuando
en octubre de 1968, Belaúnde fue exiliado a Argentina, recibió de inmediato la
oferta de asilo de Bolivia y también de Chile, el que ofrecía asilo académico,
lo que conllevaba el ejercicio de la docencia universitaria.
Belaúnde
salió de Argentina cuando se vio conmovida por situaciones políticas, se
dirigió a Estados Unidos. Al llegar al aeropuerto, fue recibido por una
delegación de
Por Decreto Supremo N° 3 del 8 de enero de 1948 se creó
“Miguel Grau” para la formación de
oficiales de
Se
disponía que
El domingo 31 de mayo de
El
temblor se llegó a sentir hasta en el departamento de Piura y pronto por las
radioemisoras se supo dónde había sido. Durante tres días las noticias que iban
dándose fueron estableciendo la tremenda magnitud de la catástrofe. Las
primeras noticias hablaban de decenas de muertos, luego se habló de centenares,
más tarde de miles y se pasó a decenas de miles, pero el Gobierno dispuso que
se cesara de dar esta clase de noticias. Es posible que los muertos llegaran a
100,000.
Grandes
bloques de nieve de la cordillera se precipitaron sobre los valles y las
paredes de numerosas lagunas quedaron destruidas, con lo que se produjo una
terrible avalancha de agua, rocas y hielo que arrasó poblaciones enteras como
Huaraz, la capital departamental, Yungay y Ranrahirca.
Como recuerdo de lo que había sido la ciudad de Yungay sólo quedaron unas
palmeras..
Como
el sismo destruyó el 95% de la ciudad de Huaraz, el Gobierno Revolucionario
construyó otra muy moderna y otro tanto pero en diverso lugar, se hizo con
Yungay. Pese a que los pobladores no quisieron que las nuevas ciudades se
levantasen en otros lugares que podían ser más seguros.
Para
los damnificados llegó ayuda de todo el mundo. Rusia envió 65 enormes aviones
Antonov con carga y uno de ellos cayó en el Atlántico con 23 tripulantes. En
julio, la señora Consuelo de Velasco con la señora Pat
Nixon, esposa del Presidente de Estados Unidos,
visitaron la zona afectada y pronto llegó de éste país una valiosa ayuda, no
obstante de las tirantes relaciones existentes.
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